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Impuesto Sobre Circulación de Vehículos podrá pagarse hasta el 31 de diciembre de 2026 tras sanción de Arévalo

Eduardo Vasquez por Eduardo Vasquez
11 agosto, 2026
en Nacionales
0
Impuesto Sobre Circulación de Vehículos

Impuesto Sobre Circulación de Vehículos

El Impuesto Sobre Circulación de Vehículos podrá pagarse hasta el 31 de diciembre de 2026, luego de que el presidente Bernardo Arévalo sancionara la ampliación del plazo aprobada por el Congreso de la República. La medida incluye disposiciones para exonerar multas e intereses, ofreciendo a los propietarios de vehículos un período adicional para cumplir con esta obligación tributaria.

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Con la sanción presidencial, la ampliación del plazo para el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos avanza hacia su aplicación conforme al procedimiento correspondiente. La disposición busca beneficiar principalmente a los contribuyentes que todavía no han realizado el pago correspondiente a 2026 y que podrán ponerse al día durante los próximos meses bajo las condiciones contempladas en el decreto.

Impuesto Sobre Circulación de Vehículos tendrá nuevo plazo hasta diciembre

El presidente Bernardo Arévalo sancionó la ampliación que establece como nueva fecha límite el 31 de diciembre de 2026 para efectuar el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, una medida que había sido aprobada previamente por los diputados del Congreso de la República.

La decisión permite extender el período disponible para que los propietarios de vehículos puedan cumplir con esta obligación tributaria durante los meses restantes del año.

Uno de los principales componentes de la normativa es la incorporación de disposiciones relacionadas con la exoneración de multas e intereses, lo que permitirá que quienes todavía tengan pendiente el pago puedan regularizar su situación bajo las condiciones establecidas.

La ampliación representa un cambio importante para los contribuyentes que no lograron realizar el pago dentro del período inicialmente establecido y que enfrentaban la posibilidad de asumir cargos adicionales.

Con la sanción del Ejecutivo, el decreto completa una etapa fundamental del proceso necesario para que las disposiciones aprobadas por el Organismo Legislativo puedan aplicarse.

Los contribuyentes deberán mantenerse atentos a la publicación y a las disposiciones específicas relacionadas con la aplicación del nuevo plazo y los beneficios contemplados.

Exoneración de multas e intereses forma parte de la medida

La ampliación del plazo para el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos contempla disposiciones para exonerar multas e intereses, uno de los aspectos más relevantes para las personas que todavía no han cumplido con el pago correspondiente al presente año.

El objetivo es facilitar que los propietarios puedan regularizar su situación tributaria sin que los recargos acumulados representen un obstáculo adicional para ponerse al día.

La aplicación de estas disposiciones deberá realizarse conforme a las condiciones contempladas en el decreto sancionado y a los procedimientos que correspondan para hacer efectivo el beneficio.

La medida amplía considerablemente el tiempo disponible para realizar el pago, debido a que los contribuyentes tendrán hasta el último día de diciembre para cumplir con la obligación.

La exoneración de multas e intereses también podría incentivar a quienes mantienen pendiente el impuesto a realizar el pago antes de finalizar el año y evitar futuras complicaciones relacionadas con su situación tributaria.

Las autoridades deberán informar los mecanismos y condiciones correspondientes para que los propietarios conozcan cómo aplicar los beneficios contemplados en la normativa.

#LegalDCA | Ley Temporal para ampliar el plazo del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres

Este día fue publicado en el Diario de Centro América el Decreto 19-2026 del Congreso de la República, que amplía el plazo para el pago del impuesto de circulación hasta el… pic.twitter.com/6CK964rp8s

— Diario de Centro América (@DiariodeCA) August 11, 2026
DiariodeCA

Arévalo sanciona ampliación aprobada por el Congreso

La sanción del presidente Bernardo Arévalo permite que la ampliación relacionada con el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos continúe el procedimiento posterior a su aprobación en el Congreso de la República.

Los diputados habían aprobado extender el plazo hasta el 31 de diciembre de 2026, otorgando varios meses adicionales a los contribuyentes para cumplir con el pago.

Tras recibir el decreto, correspondía al Organismo Ejecutivo determinar si procedía con su sanción. Con la decisión adoptada por el mandatario, la normativa avanza hacia su aplicación conforme a las disposiciones establecidas.

La medida genera especial interés entre los propietarios que mantienen pendiente esta obligación y que ahora contarán con un período adicional para realizar el pago.

El nuevo plazo también permitirá distribuir el cumplimiento de la obligación durante los meses restantes del año, reduciendo la presión que representaba para quienes no habían logrado cancelar el impuesto.

La sanción presidencial despeja además la incertidumbre sobre el futuro del decreto después de su aprobación legislativa.

Contribuyentes tendrán varios meses adicionales para realizar el pago

La extensión del plazo del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos significa que los contribuyentes que todavía no han realizado el pago correspondiente a 2026 tendrán hasta el 31 de diciembre para completar el trámite.

El período adicional puede ser aprovechado por los propietarios para organizar sus finanzas y cumplir con la obligación antes de que concluya el año.

La medida cobra relevancia para los hogares que enfrentan diferentes compromisos económicos y que no pudieron efectuar el pago dentro del período establecido inicialmente.

Sin embargo, contar con un plazo mayor no elimina la obligación tributaria, por lo que los propietarios deberán efectuar el pago correspondiente antes de la nueva fecha límite.

Las autoridades podrán reforzar durante los próximos meses la información relacionada con los mecanismos habilitados para realizar el pago y las condiciones que deberán cumplir los contribuyentes.

La recomendación para los propietarios será verificar oportunamente su situación y evitar dejar el trámite para los últimos días de diciembre, cuando podría incrementarse la demanda de los servicios utilizados para efectuar el pago.

📰El @DiariodeCA publicó el Decreto 19-2026, Ley Temporal para ampliar el plazo del pago del Impuesto de Circulación de Vehículos Terrestres.

🏛️#XLegislatura
🔎#TransparenciaLegislativa pic.twitter.com/mncCIKyUo2

— Congreso Guatemala (@CongresoGuate) August 11, 2026
CongresoGuate Impuesto Sobre Circulación de Vehículos

Ampliación busca facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria

La ampliación del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos busca proporcionar mayores facilidades para que los propietarios puedan ponerse al día con esta obligación durante el resto de 2026.

Además del nuevo plazo, la posibilidad de exonerar multas e intereses reduce los costos adicionales que podrían enfrentar quienes no realizaron oportunamente el pago.

La medida pretende generar condiciones para aumentar el cumplimiento tributario y permitir que los contribuyentes regularicen su situación antes de finalizar el año.

Para acceder correctamente a los beneficios será importante conocer las condiciones específicas establecidas en la normativa y las disposiciones que comuniquen las instituciones responsables de la administración del impuesto.

La ampliación no representa la eliminación del tributo, sino una modificación temporal del plazo para cumplir con el pago correspondiente al período establecido.

Por ello, los propietarios deberán tomar en cuenta el 31 de diciembre de 2026 como la nueva fecha límite contemplada en la medida sancionada por el presidente.

Propietarios deberán estar atentos a las disposiciones para la exoneración

Uno de los aspectos que genera mayor interés alrededor del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos es la forma en que serán aplicadas las disposiciones relacionadas con la exoneración de multas e intereses.

Los contribuyentes deberán conocer las condiciones establecidas para determinar en qué casos procede el beneficio y cuáles son los pasos necesarios para regularizar las obligaciones pendientes.

La información oficial será fundamental para evitar confusiones respecto al alcance de la medida, especialmente porque la ampliación modifica el plazo de pago pero mantiene la obligación de cumplir con el impuesto.

También será importante diferenciar la ampliación correspondiente a 2026 de otras obligaciones o períodos tributarios que pudieran mantener condiciones distintas.

Las instituciones responsables deberán orientar a los propietarios sobre los procedimientos aplicables y los mecanismos disponibles para efectuar los pagos.

Con la sanción presidencial, los contribuyentes cuentan ahora con mayor certeza sobre la ampliación y podrán planificar el cumplimiento de la obligación antes de finalizar el año.

Nuevo plazo para el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos llega hasta finales de 2026

El 31 de diciembre se convierte en la nueva fecha clave para quienes todavía tienen pendiente el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos correspondiente a 2026, luego de la sanción otorgada por el presidente Bernardo Arévalo.

Durante los próximos meses, los propietarios podrán realizar las gestiones necesarias para ponerse al día y aprovechar las disposiciones relacionadas con la exoneración de multas e intereses conforme a lo establecido en la normativa.

La ampliación brinda un margen adicional para cumplir con la obligación, pero las autoridades esperan que los contribuyentes no esperen hasta el último momento para realizar el trámite.

El cumplimiento anticipado puede facilitar el proceso y evitar posibles saturaciones de los sistemas conforme se acerque el cierre del nuevo plazo.

La medida también permitirá que miles de propietarios que todavía mantienen pendiente el impuesto puedan regularizar su situación durante los meses restantes del año.

Con la sanción del Ejecutivo, el proceso entra ahora en una etapa clave para la aplicación de las disposiciones aprobadas y para que los contribuyentes conozcan las condiciones definitivas bajo las cuales podrán acogerse al beneficio.

Impuesto Sobre Circulación de Vehículos podrá pagarse durante los meses restantes del año

La ampliación del plazo para el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos permitirá que los propietarios que todavía mantienen pendiente esta obligación dispongan de los meses restantes de 2026 para regularizar su situación tributaria y evitar complicaciones posteriores.

Con la nueva fecha límite establecida para el 31 de diciembre, los contribuyentes tendrán un margen considerablemente mayor para organizar sus recursos y realizar el pago correspondiente antes de finalizar el año.

La medida adquiere especial importancia para quienes no lograron cumplir con la obligación dentro del período establecido originalmente y que ahora podrán ponerse al día conforme a las disposiciones contempladas en el decreto sancionado por el presidente Bernardo Arévalo.

Además de la extensión del plazo, las disposiciones relacionadas con la exoneración de multas e intereses representan uno de los principales beneficios para quienes mantienen pendiente el pago.

Las autoridades deberán precisar los procedimientos que deberán seguir los contribuyentes para acogerse a estos beneficios y garantizar que la aplicación de la normativa se realice conforme a las condiciones aprobadas.

El nuevo escenario permitirá que los propietarios cuenten con mayor tiempo para cumplir con el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos antes del cierre de 2026.

Exoneración busca facilitar que contribuyentes se pongan al día

Las disposiciones para exonerar multas e intereses relacionadas con el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos buscan facilitar el cumplimiento de la obligación para aquellos propietarios que no efectuaron el pago dentro del plazo anterior.

Los recargos pueden representar un costo adicional para los contribuyentes, por lo que su exoneración durante el período establecido podría incentivar a un mayor número de propietarios a regularizar su situación.

La ampliación del plazo y la eliminación de determinados cargos adicionales funcionan de manera complementaria para brindar facilidades a quienes mantienen pendiente esta obligación tributaria.

Sin embargo, será importante que los propietarios verifiquen las condiciones específicas de la normativa antes de efectuar cualquier trámite, debido a que la aplicación de la exoneración deberá realizarse conforme a las disposiciones establecidas.

Las autoridades encargadas de administrar el tributo deberán comunicar los detalles relacionados con la aplicación del beneficio y los procedimientos que deberán seguir los contribuyentes.

La medida no elimina el pago del impuesto, sino que establece nuevas condiciones para facilitar el cumplimiento durante los meses restantes del año.

Sanción presidencial confirma ampliación aprobada por los diputados

La decisión del presidente Bernardo Arévalo de sancionar la ampliación del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos confirma el avance del decreto que había recibido previamente el respaldo del Congreso de la República.

La normativa fue aprobada con el propósito de otorgar un período adicional para que los propietarios puedan cumplir con el pago correspondiente a 2026, fijando como nueva fecha límite el 31 de diciembre.

Después de la aprobación legislativa, el decreto fue trasladado al Organismo Ejecutivo para continuar con el proceso correspondiente, quedando en manos del mandatario la decisión de sancionarlo o adoptar otra medida dentro de sus facultades.

Con la sanción presidencial, la ampliación supera esta etapa y permite avanzar hacia la aplicación de las disposiciones establecidas en el decreto.

Los contribuyentes deberán mantenerse atentos a la información oficial relacionada con la vigencia y aplicación de las medidas, especialmente en lo referente a las exoneraciones contempladas.

La resolución brinda mayor certeza a quienes esperaban conocer si finalmente se mantendría la extensión del plazo aprobada por los diputados.

Nuevo plazo puede reducir presión económica sobre los propietarios

La extensión del plazo para cancelar el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos también representa una oportunidad para que los propietarios puedan distribuir mejor sus obligaciones económicas durante los meses restantes del año.

Para muchas familias, el pago del impuesto coincide con otros gastos relacionados con alimentación, vivienda, educación, transporte y servicios, por lo que disponer de un período adicional puede facilitar la planificación del presupuesto.

La nueva fecha límite permite evitar que todos los contribuyentes pendientes deban efectuar inmediatamente el desembolso, brindándoles la posibilidad de elegir el momento en que realizarán el pago antes del 31 de diciembre.

Sin embargo, las autoridades podrían recomendar que el trámite se efectúe con anticipación para evitar una concentración elevada de usuarios conforme se acerque el cierre del plazo.

Los propietarios deberán recordar que la ampliación únicamente modifica el período disponible para cumplir con la obligación y no significa que el pago haya sido eliminado.

El objetivo será que quienes mantienen pendiente el impuesto logren ponerse al día antes de concluir el año.

Contribuyentes deberán verificar su situación tributaria

Ante la ampliación del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, los propietarios deberán verificar su situación tributaria para conocer los montos pendientes y determinar las condiciones aplicables en cada caso.

Esta revisión permitirá identificar si existen multas o intereses asociados con el incumplimiento del plazo anterior y conocer de qué manera se aplicarán las exoneraciones contempladas en la normativa.

También será importante consultar únicamente los mecanismos oficiales para evitar información incorrecta sobre los requisitos, fechas y procedimientos relacionados con el pago.

Las autoridades deberán actualizar la información disponible para que los contribuyentes puedan realizar el proceso con claridad y conozcan los beneficios a los que pueden acogerse.

La ampliación hasta el 31 de diciembre brinda suficiente tiempo para realizar estas verificaciones y completar el pago sin necesidad de esperar hasta los últimos días del año.

Una adecuada planificación permitirá aprovechar el nuevo plazo y cumplir con la obligación tributaria dentro de las condiciones establecidas.

Impuesto Sobre Circulación de Vehículos mantiene su obligatoriedad

A pesar de la ampliación, el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos continúa siendo una obligación para los propietarios, por lo que la medida sancionada por el presidente Bernardo Arévalo no debe interpretarse como una eliminación del tributo correspondiente a 2026.

El cambio principal consiste en extender el período disponible para realizar el pago y establecer disposiciones destinadas a exonerar multas e intereses conforme a las condiciones contempladas en el decreto.

Quienes ya realizaron el pago no deberán efectuar nuevamente el trámite, mientras que los propietarios que mantienen pendiente la obligación dispondrán del nuevo período para regularizar su situación.

La extensión pretende facilitar el cumplimiento tributario y brindar una oportunidad adicional a quienes, por diferentes razones, no lograron pagar dentro del plazo anterior.

Las autoridades esperan que el tiempo adicional permita incrementar el número de contribuyentes que completen el pago durante el resto del año.

La fecha del 31 de diciembre de 2026 será ahora el principal referente para quienes todavía tengan pendiente el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos.

Autoridades deberán informar condiciones para aplicar las exoneraciones

Uno de los elementos que deberá quedar claramente establecido es el procedimiento mediante el cual los contribuyentes podrán beneficiarse de las disposiciones de exoneración relacionadas con el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos.

La información deberá precisar las condiciones, períodos y requisitos aplicables para evitar interpretaciones incorrectas sobre el alcance de la normativa sancionada.

Los propietarios también deberán conocer si el beneficio se aplicará automáticamente al momento de realizar el pago o si será necesario completar algún procedimiento adicional.

Contar con información clara será fundamental para que la ampliación cumpla su objetivo y permita a los contribuyentes ponerse al día sin enfrentar dificultades innecesarias.

Las instituciones responsables tendrán los próximos meses para orientar a los propietarios y facilitar los mecanismos de consulta y pago correspondientes.

Mientras tanto, la sanción presidencial confirma que los contribuyentes pendientes tendrán hasta finales de 2026 para cumplir con la obligación bajo las disposiciones contempladas en el decreto.

Ampliación del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos beneficiará a quienes tienen pagos pendientes

La ampliación del plazo del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos representa una nueva oportunidad para los propietarios que todavía mantienen pendiente el pago correspondiente a 2026, quienes podrán regularizar su situación antes del 31 de diciembre.

La disposición permitirá que los contribuyentes organicen sus finanzas durante los próximos meses y seleccionen el momento más conveniente para realizar el pago, siempre que cumplan con la obligación antes de que finalice el nuevo período establecido.

Uno de los principales elementos de la normativa es la posibilidad de exonerar multas e intereses, lo que reduce los costos adicionales que podrían haberse generado por no realizar el pago dentro del plazo originalmente establecido.

La aplicación de estos beneficios deberá efectuarse conforme a las condiciones contempladas en el decreto y a los procedimientos que comuniquen las autoridades responsables de administrar el tributo.

Los propietarios deberán mantenerse atentos a la información oficial para conocer cualquier disposición adicional relacionada con la ampliación y evitar confusiones al momento de efectuar el pago.

Contribuyentes tendrán hasta el último día de 2026 para ponerse al día

La nueva fecha límite para el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos será el 31 de diciembre de 2026, por lo que quienes todavía no han cumplido con esta obligación tendrán los meses restantes del año para realizar el pago.

La ampliación representa un período adicional considerable para los propietarios, aunque la recomendación será no esperar hasta los últimos días para completar el trámite y evitar posibles inconvenientes derivados de una alta demanda en los sistemas habilitados.

Durante este período, los contribuyentes podrán verificar su situación, conocer el monto correspondiente y revisar las condiciones aplicables para beneficiarse de las disposiciones relacionadas con multas e intereses.

El nuevo plazo también brinda mayor certeza a quienes se encontraban pendientes de conocer la decisión del Ejecutivo después de que el Congreso aprobara la ampliación.

Con la sanción del presidente Bernardo Arévalo, el decreto avanza en el proceso correspondiente para que sus disposiciones puedan aplicarse conforme a lo establecido.

Exoneración de multas e intereses será clave para regularizar pagos

Las disposiciones relacionadas con la exoneración de multas e intereses constituyen uno de los puntos centrales de la ampliación del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, debido a que permiten reducir los cargos adicionales para quienes mantienen pendiente la obligación.

El objetivo es facilitar que más propietarios puedan ponerse al día y evitar que los recargos se conviertan en una dificultad adicional para realizar el pago correspondiente.

Sin embargo, los contribuyentes deberán conocer las condiciones específicas bajo las cuales se aplicará la exoneración, por lo que será importante consultar la información oficial emitida por las instituciones responsables.

La extensión del plazo y las disposiciones sobre recargos buscan generar mejores condiciones para el cumplimiento tributario durante los meses restantes de 2026.

Las autoridades deberán facilitar información clara sobre los mecanismos disponibles para que los propietarios puedan completar el proceso correctamente.

Sanción de Arévalo despeja incertidumbre sobre la ampliación

La sanción otorgada por el presidente Bernardo Arévalo despeja la incertidumbre que existía alrededor de la ampliación del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos después de su aprobación en el Congreso de la República.

El decreto había sido aprobado por los diputados para extender hasta finales de diciembre el período disponible para cumplir con el tributo, pero todavía debía superar la etapa correspondiente dentro del Organismo Ejecutivo.

Con la decisión presidencial, los propietarios que mantienen pendiente el pago cuentan con mayor claridad respecto al tiempo adicional que tendrán para regularizar su situación.

El siguiente paso será la aplicación de las disposiciones contempladas en la normativa y la comunicación de los procedimientos correspondientes para los contribuyentes.

La medida tendrá especial importancia durante los próximos meses, cuando quienes todavía no han pagado podrán acogerse al nuevo período establecido.

Impuesto Sobre Circulación de Vehículos podrá pagarse hasta finalizar diciembre

Los propietarios tendrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para cumplir con el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, luego de la ampliación sancionada por el presidente Bernardo Arévalo.

La medida mantiene la obligación de efectuar el pago, pero modifica el plazo disponible y contempla disposiciones para exonerar multas e intereses, facilitando que los contribuyentes pendientes puedan regularizar su situación.

Durante los meses restantes del año será importante que los propietarios consulten su situación tributaria y conozcan las condiciones bajo las cuales podrán acceder a los beneficios establecidos.

La ampliación también permitirá distribuir durante un período más prolongado el número de contribuyentes que deberán efectuar el pago, aunque las autoridades podrían recomendar realizarlo con suficiente anticipación.

El 31 de diciembre será la fecha definitiva establecida en la ampliación, por lo que después de ese día deberán aplicarse las disposiciones que correspondan conforme a la normativa vigente.

Con la sanción presidencial, el nuevo plazo del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos queda encaminado para brindar a los propietarios una oportunidad adicional de cumplir con su obligación durante 2026.

Para más información visita Nuevo Mundo.

Table of Contents

  • Impuesto Sobre Circulación de Vehículos tendrá nuevo plazo hasta diciembre
  • Exoneración de multas e intereses forma parte de la medida
  • Arévalo sanciona ampliación aprobada por el Congreso
  • Contribuyentes tendrán varios meses adicionales para realizar el pago
  • Ampliación busca facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria
  • Propietarios deberán estar atentos a las disposiciones para la exoneración
  • Nuevo plazo para el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos llega hasta finales de 2026
  • Impuesto Sobre Circulación de Vehículos podrá pagarse durante los meses restantes del año
  • Exoneración busca facilitar que contribuyentes se pongan al día
  • Sanción presidencial confirma ampliación aprobada por los diputados
  • Nuevo plazo puede reducir presión económica sobre los propietarios
  • Contribuyentes deberán verificar su situación tributaria
  • Impuesto Sobre Circulación de Vehículos mantiene su obligatoriedad
  • Autoridades deberán informar condiciones para aplicar las exoneraciones
  • Ampliación del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos beneficiará a quienes tienen pagos pendientes
  • Contribuyentes tendrán hasta el último día de 2026 para ponerse al día
  • Exoneración de multas e intereses será clave para regularizar pagos
  • Sanción de Arévalo despeja incertidumbre sobre la ampliación
  • Impuesto Sobre Circulación de Vehículos podrá pagarse hasta finalizar diciembre
Etiquetas: 31 de diciembre de 2026Bernardo ArévaloCongreso de Guatemalaexoneraciónimpuesto de circulaciónImpuesto Sobre Circulación de VehículosImpuestos GuatemalainteresesmultasSATvehículos
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