El asueto del 2 de noviembre beneficiará a los trabajadores del Estado de Guatemala, luego de que el Organismo Ejecutivo autorizara un permiso laboral con goce de salario para el lunes 2 de noviembre de 2026, con motivo de la conmemoración del Día de Todos los Santos. La disposición quedó establecida mediante el Acuerdo Gubernativo 178-2026, publicado este viernes 30 de octubre en el Diario de Centro América por medio del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. La medida comprende a los servidores públicos de las entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública.
Aunque contempla excepciones para quienes prestan servicios esenciales, desarrollan actividades impostergables o cuentan con un asueto en otra fecha mediante pacto colectivo. Las autoridades de las instituciones exceptuadas deberán organizar los turnos necesarios para garantizar la continuidad de los servicios. El acuerdo también establece que la fecha será considerada inhábil para el cómputo de plazos dentro de la administración pública, con las excepciones correspondientes.
Gobierno autoriza asueto del 2 de noviembre para trabajadores del Estado
El Gobierno de Guatemala concedió permiso laboral con goce de salario para el lunes 2 de noviembre de 2026 a los servidores públicos comprendidos en el Acuerdo Gubernativo 178-2026. La disposición fue oficializada por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y publicada el viernes 30 de octubre en el diario oficial. El objetivo es permitir que los trabajadores beneficiados disfruten de un día de descanso relacionado con la conmemoración del Día de Todos los Santos, que este año corresponde al domingo 1 de noviembre. La autorización se aplica a las entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública.
El permiso fue concedido por el presidente Bernardo Arévalo de León en ejercicio de las atribuciones correspondientes al Organismo Ejecutivo. La medida establece expresamente que los servidores públicos incluidos podrán ausentarse de sus labores sin perder el salario correspondiente a esa jornada. Sin embargo, el beneficio no se extiende de manera automática a todos los trabajadores del país, debido a que el acuerdo está dirigido específicamente a las instituciones públicas señaladas. Las autoridades deberán aplicar las disposiciones de acuerdo con las condiciones laborales de su personal y las excepciones contempladas en el documento gubernativo.
Acuerdo Gubernativo 178-2026 establece permiso con goce de salario
El Acuerdo Gubernativo 178-2026 constituye el respaldo legal del permiso laboral concedido para el lunes 2 de noviembre. El documento fue publicado por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social en el Diario de Centro América, con lo que quedó oficializada la decisión del Ejecutivo. La disposición establece que el descanso será con goce de salario para los servidores públicos que prestan sus servicios en entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública. También incluye disposiciones específicas sobre el personal que deberá continuar trabajando y los efectos administrativos que tendrá la jornada para las instituciones comprendidas.
La medida se fundamenta en las disposiciones de la Ley de Servicio Civil relacionadas con los días de asueto de los trabajadores del Estado. El 1 de noviembre figura entre las fechas reconocidas por esta normativa, pero durante 2026 la conmemoración coincide con un domingo. Ante esta circunstancia, el Organismo Ejecutivo consideró conveniente conceder permiso laboral para el día siguiente. La decisión no modifica de manera general el calendario de asuetos del sector privado ni sustituye las condiciones especiales que puedan existir en determinadas instituciones públicas mediante sus respectivos pactos colectivos de trabajo.
Servicios esenciales quedan exceptuados del descanso del 2 de noviembre
El permiso laboral autorizado para el lunes 2 de noviembre no será aplicable a todos los trabajadores del Estado. El acuerdo establece una excepción para los servidores públicos de instituciones que prestan servicios esenciales a la población, debido a que determinadas actividades deben mantenerse disponibles incluso durante los días de descanso. Esta disposición busca evitar interrupciones en funciones cuya continuidad resulta necesaria para la atención ciudadana. En estos casos, las autoridades responsables deberán identificar las necesidades de funcionamiento y organizar al personal que deba permanecer en servicio durante la jornada.
La normativa señala que las autoridades nominadoras deberán programar los turnos correspondientes para garantizar la prestación de los servicios públicos. Esto significa que las instituciones comprendidas en las excepciones tendrán la responsabilidad de establecer qué trabajadores deberán cumplir sus funciones y bajo qué organización operativa. La aplicación de estas medidas dependerá de las características y necesidades de cada dependencia. Por esa razón, los servidores públicos que desempeñen labores esenciales deberán atender las instrucciones oficiales de sus instituciones antes de asumir que el permiso general les corresponde en las mismas condiciones.
Actividades impostergables deberán mantenerse durante el asueto
Otra de las excepciones establecidas en el Acuerdo Gubernativo 178-2026 corresponde a los trabajadores que tengan programadas actividades consideradas impostergables. La disposición contempla aquellas funciones que, por su naturaleza o por compromisos previamente establecidos, no puedan suspenderse durante el lunes 2 de noviembre. En estos casos, las autoridades institucionales deberán organizar los turnos necesarios para garantizar el cumplimiento de las tareas. El objetivo es que el permiso concedido a la administración pública no afecte actividades cuya ejecución resulte indispensable para el funcionamiento de determinadas dependencias estatales.
La identificación de las actividades impostergables corresponderá a las autoridades responsables de cada institución, quienes deberán aplicar el acuerdo conforme a las necesidades del servicio. No todas las dependencias tienen las mismas funciones ni requieren idénticos niveles de atención durante una jornada inhábil. Por ello, la programación del personal deberá responder a las obligaciones que deban mantenerse. Los trabajadores que tengan dudas sobre su situación deberán consultar las instrucciones emitidas por sus superiores o las unidades de recursos humanos, especialmente cuando desempeñen funciones sujetas a horarios especiales o turnos previamente establecidos.
Trabajadores con pacto colectivo pueden tener otro día de asueto
El acuerdo gubernativo también establece una excepción para los servidores públicos que, en cumplimiento de un Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, disfruten del asueto del Día de Todos los Santos en una fecha distinta. Esta disposición reconoce que determinadas instituciones cuentan con condiciones laborales previamente acordadas que regulan la manera en que se conceden algunos descansos. Por esa razón, el permiso general autorizado para el lunes 2 de noviembre no modifica automáticamente los beneficios establecidos mediante esos instrumentos. La aplicación dependerá de las disposiciones vigentes en cada entidad comprendida.
Los pactos colectivos pueden establecer condiciones específicas sobre jornadas laborales, descansos y otros aspectos relacionados con los derechos de los trabajadores. Cuando estos instrumentos contemplen el asueto en una fecha diferente, deberá observarse la excepción prevista en el acuerdo gubernativo. Esto no significa que todos los empleados amparados por un pacto colectivo queden excluidos, sino únicamente aquellos que cumplan la condición señalada en la normativa. Las instituciones deberán revisar sus disposiciones laborales y comunicar oportunamente a su personal cómo se aplicará el permiso autorizado por el Ejecutivo.
Lunes 2 de noviembre será día inhábil para plazos administrativos
Además del descanso concedido a los servidores públicos, el Acuerdo Gubernativo 178-2026 establece que el lunes 2 de noviembre será considerado día inhábil para efectos del cómputo de los plazos que deben observarse dentro de la administración pública. Esta disposición tiene importancia para las gestiones administrativas sujetas a términos legales, debido a que determina cómo deberá considerarse la fecha dentro de los procedimientos correspondientes. Sin embargo, el documento contempla excepciones relacionadas con las dependencias que mantengan servicios esenciales o actividades impostergables durante la jornada.
Las personas que tengan trámites pendientes ante instituciones públicas deberán tomar en cuenta esta disposición y verificar las condiciones de atención de la entidad correspondiente. Aunque el acuerdo establece una regla general sobre los plazos administrativos, su aplicación debe interpretarse conforme a las normas que regulan cada procedimiento y las excepciones previstas. Las dependencias que mantengan servicios deberán comunicar sus modalidades de funcionamiento cuando corresponda. Para evitar inconvenientes, los usuarios pueden consultar los canales oficiales de las instituciones antes de realizar desplazamientos o programar gestiones durante el lunes 2 de noviembre.
Asueto del 2 de noviembre permitirá un fin de semana largo
Los trabajadores del Estado beneficiados con el permiso laboral podrán disfrutar de un fin de semana largo que comprenderá el sábado 31 de octubre, el domingo 1 y el lunes 2 de noviembre, siempre que sus jornadas habituales y condiciones laborales permitan ese descanso. La medida coincide con la conmemoración del Día de Todos los Santos, una fecha importante para numerosas familias guatemaltecas que acostumbran visitar los cementerios y recordar a sus seres queridos fallecidos. El permiso del lunes fue autorizado debido a que la celebración del 1 de noviembre corresponde este año a un domingo.
Durante esta conmemoración se desarrollan diferentes tradiciones culturales y familiares en Guatemala, entre ellas la visita a los cementerios, la colocación de flores y la preparación del fiambre. En algunas localidades también se realizan actividades tradicionales relacionadas con la fecha. Sin embargo, el acuerdo gubernativo tiene un alcance estrictamente laboral y administrativo para las instituciones públicas comprendidas. Su aplicación no implica que todos los establecimientos comerciales o centros de trabajo privados deban suspender actividades el lunes. Las condiciones de descanso de esos trabajadores continúan sujetas a la normativa laboral y a las disposiciones que les correspondan.
Instituciones públicas deberán organizar la atención durante el asueto
Las instituciones del Estado deberán tomar las medidas necesarias para aplicar el permiso laboral autorizado para el lunes 2 de noviembre de 2026, sin afectar la continuidad de los servicios esenciales y las actividades que no puedan suspenderse. El Acuerdo Gubernativo 178-2026 establece que las autoridades nominadoras serán responsables de organizar los turnos correspondientes para garantizar el funcionamiento de las dependencias comprendidas en las excepciones. Esta disposición permitirá que los trabajadores beneficiados disfruten del descanso con goce de salario, mientras que el personal encargado de funciones indispensables deberá atender las instrucciones emitidas por las autoridades de cada institución.
La organización de las jornadas dependerá de las necesidades de cada dependencia y de las funciones que desarrolla habitualmente. Por esa razón, los horarios de atención podrían variar entre instituciones, especialmente en aquellas que deben mantener operaciones durante días inhábiles. Las autoridades deberán comunicar oportunamente las disposiciones internas para evitar confusiones entre los trabajadores y los usuarios de los servicios públicos. Asimismo, será importante que las personas que tengan trámites programados consulten los canales oficiales de las instituciones correspondientes, debido a que la autorización del descanso no significa que todas las oficinas mantendrán sus actividades habituales.
Asueto del 2 de noviembre no se extiende automáticamente al sector privado
El permiso laboral concedido por el Organismo Ejecutivo está dirigido a los servidores públicos de las entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública, por lo que no representa una autorización general de descanso para todos los trabajadores del país. En el sector privado, las condiciones laborales correspondientes al lunes 2 de noviembre deberán determinarse conforme a la legislación vigente, los contratos y las disposiciones que puedan existir en cada empresa. La medida gubernamental responde a una decisión específica relacionada con la conmemoración del Día de Todos los Santos, que durante 2026 coincide con un domingo.
Esta diferencia resulta importante para evitar interpretaciones equivocadas sobre el alcance del acuerdo. Aunque el 1 de noviembre es una fecha reconocida dentro del calendario de asuetos laborales, el permiso adicional autorizado para el lunes siguiente corresponde a los trabajadores estatales incluidos en la disposición. Los empleados de empresas privadas deberán verificar sus condiciones de trabajo antes de considerar esa jornada como un día de descanso remunerado. De igual manera, las instituciones públicas con servicios esenciales, actividades impostergables o disposiciones especiales mediante pacto colectivo deberán aplicar las excepciones establecidas en el documento oficial.
Trabajadores deberán consultar disposiciones internas sobre el descanso
Los servidores públicos que tengan dudas sobre la aplicación del asueto del 2 de noviembre podrán consultar las instrucciones emitidas por las autoridades de sus respectivas instituciones. Aunque el Acuerdo Gubernativo 178-2026 establece un permiso general con goce de salario, también contempla situaciones en las que determinados trabajadores deberán continuar desempeñando sus funciones. Estas excepciones incluyen la prestación de servicios esenciales, el cumplimiento de actividades impostergables y los casos en los que exista un descanso establecido en otra fecha mediante pacto colectivo. La aplicación concreta de estas condiciones dependerá de las funciones y disposiciones laborales correspondientes.
Las unidades de recursos humanos y las autoridades responsables de cada dependencia tendrán un papel importante en la comunicación de los horarios y turnos que deberán cumplirse. Una orientación adecuada permitirá que los empleados conozcan si están comprendidos en el beneficio o si deben presentarse a trabajar durante la jornada. También ayudará a que las instituciones organicen sus actividades sin afectar los servicios que requieren continuidad. El permiso autorizado por el Ejecutivo deberá aplicarse respetando las condiciones establecidas en el acuerdo y los instrumentos laborales que correspondan, evitando interpretaciones que modifiquen su alcance.
Gobierno confirma descanso con goce de salario para el 2 de noviembre
El Gobierno de Guatemala oficializó el permiso laboral con goce de salario para el lunes 2 de noviembre de 2026 mediante el Acuerdo Gubernativo 178-2026, publicado el viernes 30 de octubre en el Diario de Centro América. La disposición beneficia a los servidores públicos de las entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública, con las excepciones expresamente establecidas. La decisión está relacionada con la conmemoración del Día de Todos los Santos, que este año corresponde al domingo 1 de noviembre. Para los trabajadores comprendidos en el beneficio, la medida permitirá disfrutar de una jornada adicional de descanso remunerado.
El acuerdo también establece que el lunes será considerado inhábil para el cómputo de plazos administrativos, sin perjuicio de las excepciones correspondientes. Las instituciones deberán organizar la continuidad de los servicios esenciales y las actividades que no puedan suspenderse, mientras que los trabajadores con condiciones especiales establecidas mediante pacto colectivo deberán atender las disposiciones aplicables. La medida no extiende automáticamente el descanso al sector privado. Ante la proximidad de la fecha, las autoridades y los empleados deberán verificar las instrucciones institucionales para conocer cómo se aplicará el permiso y qué servicios permanecerán disponibles durante la jornada.
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